Las leyes de Los Ángeles sobre el fondo común de propinas están diseñadas para garantizar una distribución justa de las propinas entre los empleados que contribuyen al servicio al cliente. Estas leyes forman parte de la normativa laboral estatal, que garantiza que los empleados que reciben propinas reciban un trato equitativo. Estos son los aspectos clave de las leyes de California sobre el fondo común de propinas:
- Propiedad de las propinas: La ley de California establece claramente que las propinas pertenecen al empleado o empleados de Los Ángeles a quienes se les dejaron, no al empleador. Los empleadores tienen prohibido quedarse con cualquier parte de las propinas.
- Fondo común de propinas: Los empleadores de Los Ángeles pueden exigir a los empleados que participen en un fondo común de propinas, donde las propinas se recaudan y luego se distribuyen entre un grupo de empleados. El fondo común de propinas en Los Ángeles es legal siempre que las propinas se distribuyan entre los empleados que prestan servicio directo a los clientes. Esto suele incluir a camareros, ayudantes de camarero, bármanes y, en ocasiones, personal de cocina, dependiendo de la política del establecimiento y del grado de contribución de dichos miembros al servicio general.
- Elegibilidad para el Fondo de Propinas: Los empleados de Los Ángeles que se consideran “agentes” del empleador, como gerentes o supervisores, generalmente están excluidos de participar en el fondo de propinas. Sin embargo, la ley se centra en el rol y las responsabilidades de cada individuo, más que en su puesto. Los gerentes y supervisores que realizan trabajo de servicio directo no pueden ser descalificados automáticamente para participar en el fondo de propinas, pero no pueden compartir propinas a expensas de los empleados que supervisan.
- Distribución de Propinas: El método de distribución de las propinas del fondo debe ser justo y razonable. Esto significa que el plan de distribución debe reflejar el nivel de servicio prestado por cada empleado. Los criterios específicos de distribución pueden variar, pero deben basarse en una justificación que refleje la contribución de los empleados al servicio al cliente en general.
- Cargos por Servicio: Además de las propinas, los cargos por servicio (por ejemplo, las gratificaciones automáticas que se añaden a la factura para grupos grandes) se consideran ingresos para la empresa, no propinas para los empleados. Sin embargo, la ley de California exige que, si se cobra un cargo por servicio, el empleador de Los Ángeles debe informar claramente a los clientes cómo se distribuirán estos cargos, y cualquier parte del cargo por servicio distribuido a los empleados debe pagarse como salario (sujeto a impuestos sobre la nómina) en lugar de propinas.
- Cumplimiento del salario mínimo: Los empleadores de Los Ángeles deben garantizar que los empleados que reciben propinas sigan ganando al menos el salario mínimo de California únicamente con su salario, sin contar las propinas. Las propinas se consideran propiedad del empleado y el empleador no puede utilizarlas para cumplir con la obligación de pagar el salario mínimo.
Estas leyes garantizan que las propinas, una parte importante de los ingresos de muchos trabajadores de la industria de servicios de Los Ángeles, se gestionen de forma transparente y justa, brindando protección a los empleados de Los Ángeles y permitiendo flexibilidad en la forma en que las empresas operan sus prácticas de propinas y de acumulación de propinas.