En California, las empleadas están protegidas contra la discriminación por embarazo según las leyes estatales y federales, que garantizan que las empleadas embarazadas, o aquellas afectadas por afecciones relacionadas con el embarazo, reciban un trato justo y sin prejuicios en el lugar de trabajo. Estas leyes cubren varios aspectos del empleo, incluida la contratación, el despido, los ascensos, las asignaciones de trabajo y los beneficios. A continuación se ofrece una descripción general de las protecciones clave:
Las leyes federales
- Ley de Discriminación por Embarazo (PDA): Una enmienda al Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, la PDA prohíbe la discriminación basada en el embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas. Exige que las empleadas embarazadas reciban el mismo trato que otros empleados que sean similares en su capacidad o incapacidad para trabajar.
- Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA): si bien el embarazo en sí no es una discapacidad, ciertas condiciones relacionadas con el embarazo pueden calificar como discapacidades según la ADA. Es posible que los empleadores necesiten proporcionar adaptaciones razonables para los empleados afectados por dichas condiciones, siempre que no causen dificultades indebidas en el funcionamiento de la empresa.
Leyes del estado de California
- Ley de Vivienda y Empleo Justo (FEHA): Proporciona protecciones más amplias que la PDA, prohíbe la discriminación contra empleadas embarazadas y exige a los empleadores que proporcionen hasta cuatro meses de licencia por discapacidad a las mujeres que no pueden trabajar debido al embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas. . Los empleadores también deben proporcionar adaptaciones razonables para las empleadas embarazadas.
- Ley de Licencia por Incapacidad por Embarazo de California (PDLL): Según la PDLL, los empleadores con cinco o más empleados deben permitir que las empleadas discapacitadas por embarazo, parto o afecciones médicas relacionadas tomen hasta cuatro meses de licencia con protección laboral.
- Ley de Derechos Familiares de California (CFRA): Además de la PDLL, las empleadas embarazadas en California también pueden ser elegibles para hasta 12 semanas de licencia no remunerada y con protección laboral según la CFRA con el fin de establecer un vínculo con un nuevo hijo (nacimiento, adopción o orfanato). Esto se suma a cualquier licencia por incapacidad que se tome para la recuperación del embarazo o del parto, bajo ciertas condiciones.
Protecciones y Prohibiciones
- Acoso: Está prohibido acosar a una empleada debido a un embarazo, parto o una condición médica relacionada.
- Represalias: Es ilegal tomar represalias contra un empleado por presentar una queja por discriminación, participar en una investigación o demanda por discriminación o por oponerse a la discriminación.
- Seguro médico: el seguro médico proporcionado por un empleador debe cubrir los gastos relacionados con el embarazo de la misma manera que los costos de otras afecciones médicas.
California ofrece fuertes protecciones para las empleadas embarazadas, garantizando que tengan derecho a tomar las licencias necesarias y recibir adaptaciones sin temor a discriminación o represalias. Estos derechos son algunos de los más completos de los Estados Unidos y reflejan el compromiso de California de proteger a los trabajadores y promover la igualdad en el lugar de trabajo.