Derechos de los Trabajadores Durante la Crisis de COVID-19
En todo Estados Unidos, en este momento de la crisis de COVID-19, los empleados que continĆŗan trabajando en sus lugares de trabajo estĆ”n lidiando con circunstancias extraordinariamente difĆciles. Mientras cumplen con sus responsabilidades laborales durante una pandemia, tambiĆ©n intentan garantizar que su salud y seguridad estĆ©n debidamente protegidas.
Desde enfermeras en UCLA Medical Center en Santa Mónica y en centros de Kaiser en el Ćrea de la BahĆa y Fresno, que han protestado por la falta de equipo de protección personal (āEPPā) como mascarillas N95 y otros equipos esenciales, hasta trabajadores de servicios de alimentos en Amazon, Whole Foods, McDonaldās y otras cadenas de comida rĆ”pida que denuncian la ausencia de mascarillas, guantes o suministros de desinfección adecuados, los empleados estĆ”n alzando la voz frente a sus empleadores āy con razón.
Obligación de los Empleadores de Proveer un Entorno de Trabajo Seguro
En California, los empleadores tienen la obligación legal de proporcionar a sus empleados un entorno de trabajo seguro y saludable, lo que incluye el suministro del equipo de seguridad necesario. La ley estatal establece que los empleadores deberĆ”n āproporcionar empleo y un lugar de trabajo que sea seguro y saludable para los empleadosā. (Código Laboral de California § 6400).
El Código Laboral § 6401 amplĆa esta obligación al exigir que los empleadores proporcionen y utilicen dispositivos de seguridad y salvaguardias razonablemente adecuados para garantizar un entorno laboral seguro y saludable, y que hagan todo lo razonablemente necesario para proteger la vida, la seguridad y la salud de los empleados.
Estas salvaguardias deben interpretarse de manera amplia e incluir cualquier mĆ©todo factible para mitigar o prevenir peligros especĆficos en el lugar de trabajo (Código Laboral de California § 6306(b)).
Equipo de Protección Personal (EPP) y Reembolso de Gastos
Existen informes en todo el paĆs de empleados que se han visto obligados a comprar su propio EPP para poder realizar su trabajo de manera segura, debido a que sus empleadores no se los proporcionaron. La Ley de Seguridad y Salud Ocupacional de California (Cal/OSHA) fue promulgada precisamente para garantizar condiciones laborales seguras y saludables.
Cal/OSHA exige que los empleadores paguen por el EPP requerido y prohĆbe que obliguen a los trabajadores a proporcionar su propio equipo. Incluso cuando un empleado utiliza su propio EPP, el empleador sigue siendo responsable de asegurarse de que dicho equipo sea adecuado para protegerlo de los riesgos laborales.
Asimismo, los empleadores deben reembolsar a los trabajadores por la compra de equipos necesarios para el trabajo. Esto puede incluir protección ocular, gafas y protectores faciales, entre otros, cuando sean necesarios para proteger la vida, la seguridad y la salud de los empleados. Durante la pandemia de COVID-19, elementos como el desinfectante de manos y el acceso a instalaciones de limpieza adecuadas son fundamentales para reducir el riesgo de contagio.
Protección Contra Represalias por Denunciar Condiciones Inseguras
Otra preocupación significativa para los empleados durante esta pandemia es el temor a represalias por quejarse o exigir condiciones de trabajo seguras. Un ejemplo notable ocurrió cuando al menos 10 enfermeras en Providence Saint Johnās Health Center en Santa Mónica fueron suspendidas por exigir mascarillas respiratorias y negarse a ingresar a salas de pacientes con COVID-19 sin protección adecuada. Aunque posteriormente fueron reinstaladas, el incidente refleja el riesgo real que enfrentan los trabajadores al alzar la voz.
Las enfermeras actuaron dentro de sus derechos legales. El Código Laboral de California § 6311 permite a un empleado negarse a realizar un trabajo inseguro cuando una persona razonable considerarĆa que su salud o seguridad estarĆa en peligro, siempre que el empleado haya informado previamente a su empleador y le haya dado la oportunidad de corregir la situación.
AdemĆ”s, la ley de California prohĆbe expresamente las represalias contra empleados que denuncian violaciones de seguridad y salud. Los Códigos Laborales §§ 1102.5 y 6310(a) protegen a los empleados que presentan quejas āorales o escritasā ante agencias gubernamentales o supervisores. En el sector de la salud, el Código de Salud y Seguridad § 1278.5 ofrece protecciones adicionales a los denunciantes.
CuƔndo Consultar con un Abogado
Si usted ha tenido que continuar trabajando durante la crisis de COVID-19 y su empleador no le estĆ” proporcionando el equipo de seguridad necesario, no mantiene un entorno de trabajo adecuado o no estĆ” tomando medidas razonables para proteger a sus empleados, es recomendable consultar con un abogado para evaluar sus derechos y opciones legales.